Conozcamos nuestros derechos como clientes de una Entidad Financiera en un futuro préstamo hipotecario:
- • Debemos recibir gratuitamente la información escrita y verbal de un asesor comercial de la institución donde se especifique pedagógicamente, todos los términos y condiciones, gastos y beneficios sin importar si el préstamo será o no firmado.
- • Consultar el C.I.R. (Central de Información de Riesgos del Banco de España), para verificar de manera informativa todas las deudas que están a su nombre y que superen la cantidad de 6000€. La entidad puede solicitar información al C.I.R., aunque usted no lo haya autorizado previamente, pero estará en la obligación de informar al cliente sobre dicha solicitud.
- • A elegir cual será la entidad que tasará el inmueble que usted colocará como aval y a su vez quien llevará a cabo todas las gestiones administrativas, de aseguramiento y demás.
- • A saber cuales son los honorarios que cobra cada asesor, profesional, asistente u otra persona que gestione su préstamo, respaldados con sus respectivos recibos (si hubiere lugar).
- • A recibir una completa información por escrito sobre el proceso de tasación de su inmueble.
- • A recibir copias u originales (si es posible) de todos los documentos relacionados con el préstamo.
- • A obtener copia de la escritura de su inmueble ante un notario.
- • A recibir comprobantes de pago, certificados y liquidación cuando sea necesario.
- • A contratar su propio seguro de vida o de daños de inmueble con la empresa que usted desee.
Conozcamos nuestras obligaciones como clientes de una entidad Financiera en un futuro préstamo hipotecario:
- • Pagar al banco el dinero suficiente (expresado en un recibo de solicitud) para llevar a cabo todo estudio de preparación del contrato.
- • Dar información verdadera en todos los aspectos del contrato del préstamo hipotecario. La omisión de datos es un delito grave y podrá configurar en estafa y por consiguiente penalizado por la ley. El intento de estafa es otro modelo de ejecución de seguridad bancaria y tiene las mismas características de una ya ejecutada y comprobada.
- • En la mayoría de los casos, es obligación del beneficiario contratar un seguro que cubra los posibles daños al que pudiera llegar el inmueble aval siempre y cuando sea aprobado el préstamo hipotecario.
- • Pagar puntualmente las cuotas mensuales y comisiones que diera a lugar durante la firma del contrato del préstamo.
- • Cualquier otra obligación que se haya pactado entre las partes.
Todo contrato de común acuerdo, tiene sus
deberes y derechos. El incumplimiento de lo pactado podría llegar, en determinado momento, a eliminarlo o cancelarlo parcial o definitivamente.